martes, 24 de abril de 2012

EMPIEZA LA ILP PARA LA DACIÓN EN PAGO RETROACTIVA, LA PARALIZACIÓN DE LOS DESAHUCIOS Y EL ALQUILER SOCIAL.


Comunicado de prensa.

EMPIEZA LA ILP PARA LA DACIÓN EN PAGO RETROACTIVA, LA PARALIZACIÓN DE LOS DESAHUCIOS Y EL ALQUILER SOCIAL.

La PAH Zamora ofrecerá el próximo martes, 24 de abril, una rueda de prensa a las 12 de la mañana, en el  local sito en la calle Santiago el burgo nº3; para anunciar el inicio de la recogida de firmas necesarias para presentar la propuesta de ley al Congreso de los Diputados sobre la dación en pago retroactiva, la paralización de los desahucios y el alquiler social.

Buscamos que, ante una ejecución hipotecaria, las personas puedan liquidar su deuda con
la entrega de la vivienda y volver a empezar de nuevo. Por tanto, la solución que se propone
en la presente Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación en pago retroactiva la
fórmula preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el bien ejecutado
sea la vivienda habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el
pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La
extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier tipo de fianza
o aval.

¿Cómo lo haremos?

Hemos impulsado un Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para llevar al Congreso de los
Diputados una modificación de la ley hipotecaria. Para ello, necesitamos recoger más
de 500.000 firmas antes del 31 de octubre de 2012 en todo el territorio estatal.

En Castilla y León el número de firmas a conseguir serán unas 25.000.

¿Qué propone exactamente la ILP?

1. Dación en pago con efectos retroactivos

Se llama dación en pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que
se tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.

2. Paralización de los desahucios

Siempre que se trate de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea
debido a motivos ajenos a la propia voluntad.

3. Alquiler Social

El ejecutado tendrá derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no
superior al 30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años.

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